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Lima (APU) — Los trabajadores del sector público y privado que laboren el domingo 7 de junio, día de las elecciones, o que laboren en un ámbito geográfico diferente a su centro de votación, tendrán tolerancia y permiso para acudir a votar en la Segunda Elección Presidencial 2026.
Según el Decreto Supremo 007-2026-TR, publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, los trabajadores que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación están facultados a no laborar el viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio de 2026.
El permiso será válido en el sector privado siempre que el trabajador acredite haber ejercido su derecho al voto, y será compensable en consenso entre el empleador y el trabajador a fin de garantizar que se haga efectiva la recuperación de los días no laborados.

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En el sector público, las entidades adoptan las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo, además, la forma para la recuperación de los días dejados de laborar, en función de las necesidades de la entidad.
Tolerancia para el domingo 7 de junio
Asimismo, la norma dispone que los trabajadores de los sectores público y privado que laboren este 7 de junio tendrán derecho a periodos de tolerancia sujetos a compensación, al inicio o durante la jornada de trabajo, para ejercer su derecho al voto.
En caso de que actúen como miembros de mesa, están facultados a no laborar el día de la segunda elección presidencial.
La norma lleva la firma del presidente de la República, José María Balcázar; de los ministros de Trabajo y Promoción del Empleo, Freddy Solano González; y de Transportes y Comunicaciones, Aldo Martín Prieto Barrera, encargado del despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros.
